Deducción autonómica valenciana por instalaciones de autoconsumo y energías renovables en la vivienda
Revisado el · Fuente: Agencia Tributaria (manual de la renta 2025)
Si vives en la Comunitat Valenciana, puedes deducir en la renta el 40 % de lo que pagues por placas solares de autoconsumo o por solar térmica, biomasa o geotermia en tu vivienda, con una base máxima de 8.800 € al año.
| Organismo | Generalitat Valenciana (tramo autonómico del IRPF) |
|---|---|
| Ámbito | Comunitat Valenciana |
| Qué cubre | Fotovoltaica, Solar térmica, Biomasa, Geotermia |
| Importe | 40 % de lo invertido en la vivienda habitual o en la instalación colectiva del edificio (20 % en segunda residencia). Base máxima de 8.800 € por vivienda y año: hasta 3.520 € de deducción. Lo que no quepa en tu cuota se puede aplicar en los cuatro años siguientes. |
| Plazo | Deducción de la renta 2025 (declaración presentada en 2026), para lo pagado en el año. Se aplica en la declaración de cada ejercicio. |
Requisitos
- Vivienda situada en la Comunitat Valenciana. No hace falta ser el propietario.
- Autoconsumo eléctrico inscrito en el registro de autoconsumo de la Comunitat Valenciana, o instalación térmica solar, de biomasa o geotérmica dada de alta en el registro de certificados cuando sea preceptivo.
- No cuentan las instalaciones obligatorias por el Código Técnico de la Edificación ni la parte pagada con subvenciones.
- Pago por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- En una comunidad de propietarios, cada vecino deduce según su coeficiente de participación.
Cómo se pide
Se aplica en la declaración de la renta, en el apartado de deducciones autonómicas de la Comunitat Valenciana. Guarda la factura, el justificante de pago y el registro de la instalación. El manual de la renta no menciona la aerotermia entre las instalaciones incluidas, así que confírmalo con tu asesor antes de aplicarla a una bomba de calor.
Cuánto consume lo que vas a cambiar
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me deduzco por poner placas solares en Valencia?
El 40 % de lo invertido en tu vivienda habitual, con una base máxima de 8.800 € al año. En una instalación de 6.000 €, 2.400 € en la renta.
¿Es compatible con la bonificación del IBI o del ICIO del ayuntamiento?
Sí. Son tributos distintos: la deducción es del IRPF y las bonificaciones municipales rebajan el IBI o el ICIO.
¿Entra la aerotermia?
El manual de la renta habla de energía solar, biomasa y geotermia para uso térmico, y no menciona la aerotermia. Para una bomba de calor, la deducción estatal del IRPF por eficiencia energética es la opción segura.