Deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda
Revisado el · Fuente: Agencia Tributaria (Real Decreto-ley 7/2026)
Hacienda te devuelve en la renta entre el 20 y el 60 % de lo que pagas por obras que mejoran la eficiencia energética de tu vivienda, como cambiar la caldera por aerotermia o aislar la fachada, si lo acreditas con certificados energéticos antes y después. Para obras en la vivienda, el plazo acaba el 31 de diciembre de 2026.
| Organismo | Agencia Tributaria (disposición adicional 50.ª de la Ley del IRPF) |
|---|---|
| Ámbito | Toda España |
| Qué cubre | Aerotermia, Bomba de calor, Aislamiento, Ventanas, Rehabilitación del edificio |
| Importe | 20 % (base máx. 5.000 € al año) si la demanda de calefacción y refrigeración baja al menos un 7 %. 40 % (base máx. 7.500 € al año) si el consumo de energía primaria no renovable baja al menos un 30 % o la vivienda pasa a clase energética A o B. 60 % en obras del edificio residencial (comunidad de propietarios) con los mismos requisitos que el 40 %: base máx. 5.000 € al año y 15.000 € acumulados. |
| Plazo | Obras en la vivienda hasta el 31 de diciembre de 2026 (certificado posterior emitido antes del 1 de enero de 2027). Obras del edificio residencial hasta el 31 de diciembre de 2027. |
Requisitos
- Certificado de eficiencia energética emitido antes de empezar las obras y otro después, ambos registrados en tu comunidad autónoma.
- El 20 % y el 40 % se aplican a la vivienda habitual o a una vivienda de tu propiedad alquilada como vivienda (o en expectativa de alquiler, que debe alquilarse antes del 31 de diciembre de 2027).
- Pago por tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Los pagos en efectivo no cuentan.
- La parte de la obra pagada con subvenciones no se deduce.
- Es una deducción del IRPF estatal: no se aplica a residentes en País Vasco y Navarra, que tienen su propio impuesto.
Cómo se pide
No se solicita: se aplica en la declaración de la renta del año en que se emite el certificado energético posterior a las obras. Guarda las facturas, los justificantes de pago y los dos certificados. En comunidades de propietarios, el 60 % se aplica cada propietario según su cuota de participación.
Si cambias la caldera de gas por aerotermia, el certificado posterior suele acreditar con holgura la bajada del 30 % del consumo no renovable que da acceso al 40 %.
Cuánto consume lo que vas a cambiar
Aerotermia
61 € / mes
8 kW, vivienda de 100 m², día de invierno
Bomba de calor (split en calefacción)
21 € / mes
Split 3,5 kW calentando, 6 h al día
Preguntas frecuentes
¿Sigue vigente en 2026 la deducción del IRPF por eficiencia energética?
Sí. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE del 21 de marzo), la amplió a las obras en viviendas realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 y a las de edificios residenciales hasta el 31 de diciembre de 2027. El Congreso lo convalidó en marzo de 2026.
¿La aerotermia entra en la deducción del IRPF?
Sí, si el certificado energético posterior acredita la mejora exigida: un 7 % menos de demanda para el 20 %, o un 30 % menos de consumo de energía primaria no renovable (o clase A o B) para el 40 %. Sustituir una caldera de gas por aerotermia suele cumplir el segundo.
¿Cuánto me puedo deducir como máximo?
Con el 40 %, la base máxima es de 7.500 € al año: hasta 3.000 € de deducción. Con el 20 %, hasta 1.000 € (base de 5.000 €). En obras de la comunidad de propietarios, el 60 % sobre una base de hasta 5.000 € al año y 15.000 € en total.
¿Puedo sumarla a una subvención?
Sí, pero la parte pagada con la subvención no se deduce: la base es lo que pagas tú.